Cataluña aprueba la regulación de alquileres

Esta historia viene de lejos, ha causado mucho dolor y, lamentablemente, le espera todavía un largo recorrido. Hace muchos años que el problema de la vivienda es uno de los más graves para la población trabajadora. La burbuja inmobiliaria explotó en 2008 y miles de familias hipotecadas perdieron su vivienda (durante 2012 cada día se produjeron una media de 517 desahucios diarios en el reino de España). Se dijo que la sociedad aprendería de ese desastre y que no volvería a pasar, pero cuando el capitalismo desenbridado huele a beneficio, la sangre siempre llega al río.

Pasaron unos pocos años y en las grandes ciudades y sus alrededores los alquileres volvieron a dispararse, así como los desahucios (durante 2019 hubo una media de 100 desahucios diarios por alquiler y 40 por hipoteca). En los últimos seis años los alquileres subieron como media 30 veces más que los sueldos (según datos de Infojobs y Fotocasa). En Cataluña, las familias se ven obligadas a destinar más del 50% de los ingresos a pagar el alquiler. La pandemia y la gravísima crisis económica que ha desatado agudizará más aún el problema de la vivienda para sectores muy amplios de la población.

El miércoles 9 de septiembre el Parlament aprobó por 71 votos a favor y 63 en contra una ley que regulará el mercado del alquiler de la vivienda en Cataluña. Es una primera conquista de una larga batalla para poner coto a la especulación y al aumento desorbitado de los alquileres.

La ley entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Generalitat. ¿Cuál es su contenido?

  • Su aplicación impedirá subidas en todos los nuevos contratos de arrendamiento en las 60 ciudades más tensionadas de Cataluña.
  • Como norma general, los nuevos contratos para viviendas que ya estaban alquiladas no podrán superar el precio acordado en el contrato anterior.
  • Si el alquiler en vigor tenía un precio por encima de la media de su zona, deberá bajarse para adaptarse al valor que establece el índice de precios de la Generalitat.
  • Todos los nuevos alquileres deberán ajustarse al índice que marque la Generalitat.
  • El índice se rige por una serie de criterios (superficie, año de construcción, estado, etc.) que son públicos, y se podrá consultar en la web de la Agència de l’Habitatge de Catalunya.
  • La regulación prevé algunas excepciones para casos de mejoras (siempre demostradas), relación de parentesco entre propietario e inquilino y otros regímenes de rentas, o casos en que el arrendador esté en una situación vulnerable (siempre que el inquilino no lo esté también). Asimismo, quedarán exentas de la regulación las viviendas de obra nueva, que no se verán afectadas por la regulación durante los primeros tres años.
  • Para proteger a los pequeños propietarios, esta regulación no se aplicará a quien ingrese menos de 3,5 veces el IRSC (Índice de Renta de Suficiencia) de 2.140 a 3.200 euros mensuales, en función de miembros familiares y municipio.
  • La regulación se dotará de un régimen sancionador que asegurará su cumplimiento.
  • Se reconoce a las organizaciones de inquilinos e inquilinas como parte en la mediación de conflictos entre arrendadores y arrendatarios.

Ha tenido un largo recorrido, desde las luchas de la PAH hasta la iniciativa del Sindicato de Llogateres (Sindicato de inquilinas), que en mayo de 2017 empezó a elaborar la propuesta aprobada por el Parlament, que ha contado con el apoyo de más de 4.000 entidades de toda Cataluña y la movilización, tanto para evitar desahucios como para presionar a los partidos políticos para que se involucraran en la tramitación y aprobación de la ley.

Lío parlamentario

Que la propuesta llegara al pleno del Parlament no fue fácil. Se había pactado con JuntsxCat, ERC, Comunes y CUP; posteriormente JuntsxCat presentó ocho enmiendas que desnaturalizaban el acuerdo y que no aceptaron ni el Sindicat de Llogateres ni el resto de fuerzas políticas. Finalmente, retiraron seis enmiendas y se pactaron las otras dos. Pero, entre ese tira y afloja, cuatro diputados del PdeCAT, como es sabido en ruptura con JuntsxCat, [ver artículo] decidieron votar en contra. Los 71 votos a favor fueron de ERC, Comunes, CUP y JuntsxCat, sin el PdeCAT.

El lío no acabó ahí. Se opuso el PSC, que gobierna en coalición con los Comunes en el Ayuntamiento de Barcelona y con Podemos en el gobierno de España, y que en el acuerdo de gobierno de coalición incluyeron la propuesta de regular los alquileres. Siempre hay alguna excusa que aducir. Esta vez los socialistas dicen que no cumple los requisitos legales para su aplicación. También votaron en contra Ciudadanos y el Partido Popular.

La imagen que queda de esa votación es la siguiente: los llamados “constitucionalistas”, los defensores del régimen del 78, votaron en contra, más los diputados del PdeCAT; votaron a favor independentistas y soberanistas más las izquierdas, con la excepción del PSC. Las derechas “constitucionalistas” votaron en contra, mientras que las derechas independentistas lo hicieron a favor, con la excepción mencionada del PdeCAT. Que cada cual saque sus conclusiones, pero da para unas cuantas respecto a las alianzas políticas posibles y también para comprobar la íntima relación entre los aspectos sociales y nacionales en la coyuntura política catalana.

Un problema que el capitalismo no resuelve

Si volvemos la vista atrás cualquier estudio nos informará que el problema de la vivienda es intrínseco a la existencia del sistema capitalista. A lo largo de la historia el capitalismo no ha podido, ni querido, resolverlo porque forma parte de su sistema de explotación y obtención de beneficio. En tiempos tan lejanos como 1873, Federico Engels, el compañero de Marx, escribió un pequeño libro El problema de la vivienda en el que podemos leer: “La llamada penuria de la vivienda, que representa hoy un papel tan grande en la prensa, no consiste en que la clase obrera en general viva en malas viviendas, superpobladas e insalubres. Esta penuria de la vivienda no es peculiar del momento presente; ni siquiera es una de las miserias propias del proletariado moderno a diferencia de todas las clases oprimidas del pasado; por el contrario, ha afectado de una manera casi igual a todas las clases oprimidas de todos los tiempos. Para acabar con esta penuria de la vivienda no hay más que un medio: abolir la explotación y la opresión de las clases laboriosas por la clase dominante. Lo que hoy se entiende por penuria de la vivienda es la particular agravación de las malas condiciones de habitación de los obreros a consecuencia de la afluencia repentina de la población hacia las grandes ciudades; es el alza formidable de los alquileres, una mayor aglomeración de inquilinos en cada casa y, para algunos, la imposibilidad total de encontrar albergue. Y esta penuria de la vivienda da tanto que hablar porque no afecta sólo a la clase obrera, sino igualmente a la pequeña burguesía”. Como si se hubiera escrito hoy mismo.

Leemos también: “El capital (esto está definitivamente establecido) no quiere suprimir la penuria de la vivienda, incluso pudiendo hacerlo. […] En realidad la burguesía no conoce más que un método para resolver a su manera la cuestión de la vivienda, es decir, para resolverla de tal suerte que la solución cree siempre de nuevo el problema”.

Por eso reaparece continuamente, y Engels relaciona su solución con la lucha contra el sistema capitalista. “He aquí – escribe – un ejemplo elocuente de la manera cómo la burguesía resuelve en la práctica la cuestión de la vivienda. Todos estos focos de epidemia, esos agujeros y sótanos inmundos, en los cuales el modo de producción capitalista encierra a nuestros obreros noche tras noche, no son liquidados, sino solamente… desplazados. La misma necesidad económica que los había hecho nacer en un lugar los reproduce más allá; y mientras exista el modo de producción capitalista, será absurdo querer resolver aisladamente la cuestión de la vivienda o cualquier otra cuestión social que afecte la suerte del obrero. La solución reside únicamente en la abolición del modo de producción capitalista, en la apropiación por la clase obrera misma de todos los medios de subsistencia y de trabajo”.

La sacrosanta propiedad privada

Como era previsible, la reacción de las asociaciones de propietarios no se ha hecho esperar, siempre que se toma alguna medida que pone en cuestión los intereses privados parece que el mundo está a punto de acabarse y todos los males se ciernen sobre nuestras cabezas. La Asociación de Propietarios de Viviendas en Alquiler (Asval), cuyo presidente es – ¡agárrense! – Joan Clos, que fue alcalde de Barcelona y ministro con Zapatero, declaró que la ley “vulnera la Constitución, atenta contra el derecho a la propiedad privada y fomentará la economía sumergida en el mercado de alquiler”.

Está bien que recordemos, por si todavía alguien no lo sabe, que la Constitución dice en su artículo 47 que “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada” (cosa que nunca se ha cumplido). Es interesante tomar nota de que ahora los propietarios se acogen a la Constitución para que les garantice su derecho a abusivos alquileres. ¿Y esto sí se cumplirá? Mucho nos tememos que la Constitución está más cerca de defender a los propietarios que a quienes demandan una vivienda digna y un alquiler justo. Al fin y al cabo es una constitución monárquica. Una constitución republicana no necesariamente sería mucho mejor, al margen de la medida de evidente higiene pública y racionalidad de abolir la monarquía. Una republicano-socialista, sí. Una constitución basada en la concepción de la libertad republicana regularía la propiedad de forma que estuviera subordinada al interés público. La historia del capitalismo es la historia también de las resistencias populares para contener o limitar la imposición de unas clases sociales sobre otras clases que quedaban al margen de las propiedades que detentaban las primeras. Una huella de esta resistencia la constituye la caracterización de la propiedad de muchas constituciones republicanas surgidas de procesos de revueltas o incluso de revoluciones. Son ejemplo de estas constituciones, entre otras: la mexicana de 1917, la de Weimar de 1919 o la de la segunda república española de 1931. Es representativo lo que la constitución mexicana declaraba: “la nación tendrá el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público”. Para la concepción republicano-socialista la propiedad se ha entendido republicanamente como un control protegido y perdurable sobre un conjunto de recursos que permiten la existencia material o la independencia personal. Ser “propietario” no significa necesariamente disfrutar de un “exclusivo y despótico dominio” (como fue la formulación de William Blackstone en el siglo XVIII que el capitalismo hizo suya en los dos siglos posteriores) sobre cosas externas, “con total exclusión del derecho de cualquier otro individuo en el universo”.

Defender que la ley para regular los alquileres atente contra la propiedad privada es una tontería. De momento, los propietarios seguirán manteniendo su propiedad privada, mientras muchísima gente no puede pagar los alquileres o tiene que amontonarse en pisos para poder pagarlos. Pero podría ser una idea a retener: que nadie, ni empresas ni particulares, pueda disponer de un número determinado de pisos y quien acumule más pasen a disposición de un servicio público de vivienda gestionado por los ayuntamientos o las comunidades autónomas.

En cuanto a la economía sumergida, o la amenaza de que retirarán pisos del mercado, quizás sean necesarias medidas sancionadoras para que los grandes propietarios no puedan tener pisos sin que estén en el mercado.

La regulación de alquileres es un paso muy positivo que debe formar parte de planes más ambiciosos. El Sindicato de Llogateres también lo reconoce: “Estamos hablando de una regulación de mínimos pero que supone un primer paso en la recuperación de derechos y garantías para las personas que alquilamos y que se habían visto recortados en favor de la especulación durante las últimas décadas. Seguimos trabajando para recuperar la función social de la vivienda tanto en Cataluña como en el resto del Estado”.

Otras iniciativas están en marcha, tanto desde el ámbito institucional, en particular el Ayuntamiento de Barcelona, como el asociativo. Un llamamiento por la vivienda apoyado por Federación de Asociaciones de Vecinos y Vecinas de Barcelona (FAVB ), ECOM, CCOO, Mesa de Entidades del Tercer Sector de Cataluña, Fundación ARRELS, Fundación APIP-ACAM, EntrePobles, Observatorio DESC, Plataforma de Afectadas por la Hipoteca (PAH) y UGT, exigen un plan para la vivienda para el próximo 2020-2030 que incluya inversiones de todas las instituciones para lograr un sector público protegido y un sector de alquiler asequible.

La decisión del Parlament será recurrida. El PP ya lo ha anunciado, aunque eso no impedirá la aplicación de la ley hasta que el recurso tenga sentencia definitiva. Probablemente recurran también las asociaciones de propietarios, o se sumen a la del PP. ¿Sucederá, como en muchas otras cosas de este país, que sean los jueces quienes decidan por el Parlament? El gobierno del Estado podría también recurrirla (¿osará hacerlo?). Si lo hiciera, la ley quedaría inmediatamente en suspenso. La lucha seguirá y será larga. Si para aprobar la ley ha sido necesaria la movilización y la presión sobre las instituciones y los partidos, tendrá que seguir para que se cumpla la ley aprobada y hasta lograr una vivienda digna y un alquiler asequible para todas y todos.

Miguel Salas es miembro del consejo editorial de Sin Permiso