Había muchas razones para la protesta este 1º de Mayo: los cientos de miles de personas afectadas por un Erte; quienes ya están despedidas por tener empleo precario; la solidaridad con los que están en primera línea en la lucha contra el virus; quienes han sufrido, o muerto, por los recortes que dejaron a nuestra sanidad más que debilitada y sin recursos; por el negro futuro inmediato que se avecina y, además, para exigir medidas que salven vidas y protejan las condiciones de quienes menos tienen.
El estado de alarma obligó a los sindicatos a realizar acciones virtuales, conferencias, actos culturales y conciertos, pero, el Tribunal Constitucional aprovechó la coyuntura para emitir una resolución en la que volvía a retorcer su particular interpretación de los derechos y libertades. Concretamente resolvió que: “considera que no se dan las circunstancias que permitan el ejercicio del derecho de reunión por la situación de pandemia. La relación entre el derecho a la vida y el de reunión exige una ponderación por la que, ante la falta de las garantías de seguridad en una situación de máximo contagio, ha de primar el primer derecho”.
Repasemos los hechos. Algunos sindicatos en Galicia, Aragón, Cataluña, Andalucía y Navarra solicitaron poder realizar pequeñas acciones en la calle, teniendo en cuenta la situación que vivimos, como una caravana de coches o una concentración guardando la distancia necesaria y limitando el número de participantes. Las delegaciones del Gobierno las prohibieron todas. Sin embargo, ante los recursos presentados, solo los Tribunales Superiores de Justicia de Aragón y de Navarra dieron la razón a los sindicatos. La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) en Vigo recurrió ante el Constitucional, que resolvió prohibir la manifestación.
Es una decisión trascendente. El estado de alarma no implica la hibernación y/o suspensión de los derechos, simplemente los condiciona a una determinada situación, por lo tanto, sobre lo que habría que decidir es sobre las condiciones concretas en las que ejercer el derecho, no sobre el derecho mismo. Así lo interpretan diversos abogados y catedráticos. Benet Salellas, el abogado que presentó las alegaciones a la prohibición de la concentración en Barcelona, “El hecho de que se haya declarado el estado de alarma no provoca la suspensión directa y total del derecho de reunión”. El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, Xavier Arbós, responde: “Si la pregunta es si tiene cobertura la prohibición de una manifestación en un estado de alarma, yo tengo que contestar que desde el punto de vista jurídico no la tiene”. Joaquín Urías, que fue letrado del Tribunal Constitucional y hoy profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, señala que “Técnicamente, las subdelegaciones están confundiendo un derecho sujeto a limitaciones con un derecho suspendido, y están actuando como si el derecho de manifestación estuviera en suspenso, por eso las han prohibido amparándose en el estado de alarma”. “Lo que no se puede hacer -añade- es prohibir directamente, lo que hay que hacer es entrar en detalle y explicar por qué se prohíbe, incluso dar alternativas para evitar el peligro de contagio”. En un artículo, el profesor Urías dice que: “Entre esos derechos que específicamente no se pueden suspender durante el Estado de Alarma está el de manifestación”, y acaba denunciando lo que es la voz popular: “Malos tiempos estos. Cuando los jueces no defienden los derechos ni respetan la Constitución la ciudadanía se queda indefensa frente a la arbitrariedad”.
En estas circunstancias concretas el debate sobre la vida y el derecho a manifestarse no es un debate real. Los convocantes no ponían en riesgo ni su vida ni la vida de los demás. En las convocatorias se especificaban las condiciones de reunión, con separación, con mascarillas, en vehículos individuales, detallaban el recorrido. ¿Dónde estaba el peligro? Diariamente hay más peligro en ir a comprar al supermercado que el que hubiera existido en esas convocatorias del 1 de Mayo. La gente se desplaza para ir al trabajo, ¿por qué no podía desplazarse para ir a manifestarse? O, ¿acaso las Delegaciones del Gobierno y el Tribunal Constitucional pretenden identificar derecho a manifestarse con peligro de contagio? Quizás el verdadero peligro es el contagio antidemocrático que se desprende de esas decisiones y de la resolución del Tribunal Constitucional.
Es una decisión trascendente, porque, entre otras cosas, abre la vía a la arbitrariedad de que, por razones de salud, sean graves o no, se pueda poner en cuestión el derecho de reunión y manifestación. Y ya sabemos por experiencia que las interpretaciones de las autoridades y de los jueces no suelen ser proclives a garantizar derechos y libertades por delante de otras consideraciones. O que se establezcan diferentes varas de medir. Porque se prohibía la manifestación del 1 de Mayo, pero el 2 de mayo las autoridades del PP madrileño tuvieron la desvergüenza de participar en un acto propagandístico ante el cierre del hospital de urgencia montado en el Ifema de Madrid. Se concentraron unas 1.000 personas, sin distancia entre las personas, se repartieron bocadillos, vamos como si fuera una fiesta. Ahí sí que hubo evidente riesgo de contagio. Eso sí, tuvieron que aguantar los gritos de protesta por su presencia.
Desde que se inició el confinamiento alertamos de que la lucha contra la pandemia no debía poner en cuestión nuestros derechos. Este caso es un ejemplo más. En Alemania lo han interpretado de forma diferente. En la ciudad de Giessen (Hesse) las autoridades prohibieron a mediados de abril una concentración con el lema “Fortalecer la salud en lugar de debilitar los derechos fundamentales. Protección contra los virus, no contra las personas”. Iban a participar 30 personas, con distancia de seguridad y una intervención mediante altavoces. Se recurrió ante el Tribunal Constitucional que obligó a revisar la decisión, ya que la prohibición “viola el derecho de reunión”. Bien diferente a lo que ha decidido el Tribunal Constitucional del Reino de España.
El confinamiento no impidió que este 1 de Mayo hubiera manifestaciones en Berlín, Atenas y Lisboa. Se cumplieron las normas establecidas para evitar contagios y se ejerció el derecho democrático a manifestarse. También, finalmente, logró hacerse en Zaragoza, ya que había sido legalizada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Organizada por la Intersindical de Aragón reunió a una treintena de vehículos que salieron a las 12 desde el barrio de Delicias, recorrieron distintos puntos de la ciudad, pasaron por el Hospital Clínico Universitario y finalizaron ante el Palacio de la Aljafería, sede del parlamento aragonés. Muchos vecinos se asomaron a los balcones para aplaudir la iniciativa. “Mascarilla, guantes y dentro del coche; esas son las condiciones que nos han marcado y que no hacía falta que nos las pusieran, porque ya nos las habíamos puesto nosotros”, informó el coordinador general de la Intersindical, David Ubico. Ni hubo riesgo de contagio, ni se puso en peligro la vida de nadie y se defendió el derecho democrático a manifestarse.
Hay que estar alerta. Venimos de una etapa de restricciones de derechos y libertades impuestos por el PP, como la Ley Mordaza que sigue vigente, hemos visto como los tribunales europeos ponían en cuestión muchas decisiones de los tribunales españoles respecto al conflicto catalán, o como desde el gobierno de coalición se ha utilizado el ejército para tareas en las que no era imprescindible, o como la policía, guardia civil o militares han estado presidiendo durante semanas las ruedas de prensa del gobierno. Hay que estar alerta, no sea que con la excusa de salvar vidas acaben enterrando derechos y libertades.
Defienden y ejercen esos derechos las trabajadoras y trabajadores que protestan, como en numerosos hospitales que salen a concentrarse a las puertas para exigir salarios atrasados o reivindicar derechos, o asociaciones feministas que en Corbera de Llobregat y Sant Andreu de la Barca (Barcelona) salieron a la calle en protesta por el asesinato machista de una mujer. Las próximas semanas y meses probablemente aumentará el conflicto social por las repercusiones de la crisis, que no impidan el derecho a la protesta con la excusa del estado de alarma.